Académicos IBERO se postulan para el Sistema Nacional de Búsqueda de Personas

Mar, 10 Abr 2018
Santiago Corcuera y Denise González, con amplia experiencia en esta materia, buscan formar parte del Consejo Nacional Ciudadano
  • Mtro. Santiago Corcuera Cabezut, académico del Departamento de Derecho de la IBERO.
  • Mtra. Denise González, coordinadora del Programa de Derechos Humanos de la IBERO (Foto: Alberto Hernández).

Los maestros Santiago Corcuera Cabezut y Denise González Núñez, académico del Departamento de Derecho y coordinadora del Programa de Derechos Humanos de la Universidad Iberoamericana Ciudad de México, respectivamente, presentaron ante el Senado de la República sus propuestas como candidatos al cargo honorario de integrante del Consejo Nacional Ciudadano del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas.

Santiago Corcuera Cabezut es licenciado en Derecho por la Universidad Iberoamericana Ciudad de México y maestro en Derecho por la Universidad de Cambridge, Inglaterra. 

Fue integrante del Grupo de Trabajo sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y del Comité contra las Desapariciones Forzadas de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).

Ha participado activamente asesorando los procesos legislativos en materia de desaparición forzada, tales como la legislación de Guerrero, Coahuila, Nuevo León, Querétaro y Ciudad de México; y en la gestación de la Ley General en materia de Desaparición Forzada de Personas.

Fue perito en el caso Rosendo Radilla Pacheco contra México, en el que desarrolló los estándares internacionales en materia de desapariciones forzadas relevantes al caso en cuestión.

En su obra escrita y publicada destacan los siguientes ensayos relativos a desapariciones forzadas: Derecho a la verdad en el contexto de la desaparición forzada, Desaparición forzada y trata de niñas, La Suprema Corte de Justicia de la Nación ante la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas y la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Guerra y de los Crímenes de Lesa Humanidad, y El derecho a no ser desaparecido como derecho humano constitucionalmente reconocido.

Asimismo, fue coordinador del Programa de Derechos Humanos y coordinador del Programa Interdisciplinario de Maestría en Derechos Humanos de la Universidad Iberoamericana Ciudad de México.

Mtra. Denise González

Denise González Núñez es licenciada en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), licenciada en Relaciones Internacionales por la Universidad Iberoamericana Ciudad de México y maestra en Derecho Internacional de los Derechos Humanos por la Universidad de Oxford, Inglaterra.

Como coordinadora del Programa de Derechos Humanos de la Universidad Iberoamericana Ciudad de México ha encabezado proyectos vinculados a los temas de desapariciones y fosas clandestinas en México, trabajos en los cuales se han usado rigurosas metodologías de investigación.

Laboró en el Área Internacional del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, donde colaboró en el litigio nacional e internacional de casos paradigmáticos de violaciones a derechos humanos en México, así como en la promoción de los derechos humanos a través del trabajo con otras organizaciones nacionales e internacionales, como la Organización de las Naciones Unidas y el Sistema Interamericano de Derechos Humanos.

Ha publicado artículos en Human Rights Law Review (revista de Oxford University Press editada por University of Nottingham); Mexican Law Review New Series (revista del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM); El Cotidiano (revista de la División de Ciencias Sociales y Humanidades de la UAM-Azcapotzalco); y en la Revista de Relaciones Internacionales de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la UNAM.

Consejo Ciudadano

El Consejo Ciudadano tiene las funciones siguientes:

  1. Proponer al Sistema Nacional y a la Comisión Nacional de Búsqueda acciones para acelerar o profundizar sus acciones, en el ámbito de sus competencias;
  2. Proponer acciones a las instituciones que forman el Sistema Nacional para ampliar sus capacidades, incluidos servicios periciales y forenses;
  3. Proponer acciones para mejorar el funcionamiento de los programas, registros, bancos y herramientas materia de esta Ley;
  4. Proponer y, en su caso, acompañar las medidas de asistencia técnica para la búsqueda de personas;
  5. Solicitar información a cualquier integrante del Sistema Nacional, para el ejercicio de sus atribuciones, y hacer las recomendaciones pertinentes;
  6. Acceder a la información estadística generada a través de las diversas herramientas con las que cuenta el Sistema Nacional, para el ejercicio de sus atribuciones;
  7. Contribuir en la promoción de las acciones, políticas públicas, programas y proyectos relacionados con el objeto de esta Ley;
  8. Dar vista a las autoridades competentes y órganos internos de control sobre las irregularidades en las actuaciones de servidores públicos relacionados con la búsqueda e investigación de personas desaparecidas y no localizadas. Se le reconocerá interés legítimo dentro de las investigaciones para la determinación de responsabilidades de servidores públicos relacionados con la búsqueda e investigación de personas desaparecidas y no localizadas en términos de las disposiciones jurídicas aplicables;
  9. Emitir recomendaciones sobre la integración y operación de la Comisión Nacional de Búsqueda;
  10. Elaborar, aprobar y modificar la Guía de procedimientos del Comité, y
  11. Las demás que señale el Reglamento.

Texto y fotos: PEDRO RENDÓN/ICM

 

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