COVID-19 exacerbó uso de datos personales en aplicaciones: experto

Jue, 14 Mayo 2020
Especialistas afirman que se debe tener certeza del uso que se le da a la información personal en esas apps
El Departamento de Derecho realiza el webinar ‘El derecho a la privacidad y el derecho a la información en el contexto de la Pandemia’
  • Algunas aplicaciones recopilaron datos para difundir mapas específicos sobre dónde hay personas con coronavirus (Pixabay).
  • Académicas y académicos que dialogaron sobre ‘El derecho a la privacidad y el derecho a la información en el contexto de la Pandemia’.

La pandemia del coronavirus exacerbó el uso de los datos personales en las redes sociales, buscadores y grandes empresas de tecnología, dijo el maestro Joel Gómez Treviño, presidente fundador de la Academia Mexicana de Derecho Informático, durante la mesa de diálogo ‘El derecho a la privacidad y el derecho a la información en el contexto de la Pandemia’, organizada por el Departamento de Derecho de la Universidad Iberoamericana Ciudad de México.

En dicha conversación, que formó parte del seminario online ‘El Derecho frente a la Pandemia del COVID-19’, comentó que algunas aplicaciones recopilaron datos para difundir mapas específicos sobre dónde hay personas con coronavirus, lo que tornó a éstas, víctimas de ataques por parte de su comunidad, al saber que están contagiadas.

Por tal motivo, el doctor Diego García Ricci, académico del Departamento de Derecho de la IBERO y moderador de la mesa, mencionó que se debe tener mucho cuidado con las aplicaciones, ver cómo se van a utilizar para enfrentar la pandemia, y tener la certeza de que los datos personales que vayan a ser requeridos realmente son necesarios y proporcionales a los fines de contención del coronavirus.

“También tenemos que exigir transparencia a los desarrolladores de estas aplicaciones; que nos informen qué van a hacer con nuestros datos, con quién los van a compartir, quién va a tener acceso a ellos. Si van a ser aplicaciones voluntarias, deben obtener nuestro consentimiento; si van a ser obligatorias por parte del Estado, nos tienen que señalar el fundamento legal, para que nosotros podamos hacer ese control sobre el uso de estas aplicaciones”.

En torno a la tecnología de vigilancia, dijo que hay que asegurarse de que su uso sea proporcional a las necesidades de salud pública, y sólo sea empleada para monitorear y rastrear la propagación del COVID-19. Y no se debe permitir que se convierta en un mecanismo permanente de vigilancia por parte del Estado, porque esto supondría una cesión de la privacidad y una injerencia desmedida en ella.

La doctora Socorro Apreza Salgado, profesora de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), señaló que si estas herramientas de vigilancia en algún momento se llegan a instrumentar, las autoridades deben decir claramente por cuánto tiempo se usarán, cuál va a ser su propósito y cuáles van a ser los mecanismos de supervisión independientes que tendrán los ciudadanos para hacer reclamos y denuncias a su uso.

Ciudadanos, supeditados a la información del Gobierno

Por otra parte, el Dr. García Ricci dijo que una constante a lo largo de la pandemia ha sido la búsqueda de información acerca del coronavirus, en un principio, para saber qué es, cómo se puede contraer, cómo está afectando a otros países y cómo se pueden poner a salvo de él las personas.

Tras esa primera etapa, las demandas de información fueron variando de acuerdo a los intereses propios de las personas y, por ejemplo, unas empezaron a buscar qué hacer en caso de tener síntomas, y otras buscaron los modelos matemáticos que estaba utilizando la Secretaría de Salud para predecir los avances de la pandemia.

“Frente a esta imperiosa necesidad de ejercer nuestro derecho de acceso a la información nos enfrentamos a una primera barrera, que fue la suspensión de plazos por parte de las autoridades de los organismos garantes”, que decidieron no dar trámite a ninguna solicitud, ni tampoco resolver recursos de revisión. Esto dejó a las y los mexicanos supeditados a la información que el gobierno pudiera dar. “Estamos en sus manos, él decide qué información presenta, cómo la presenta y en el momento que él así desea darla”.

Esta supeditación a la que las personas quedaron sujetas a partir de esas limitaciones al ejercicio de acceso a la información generó un momento de “una especial rudeza” en el incidente ocurrido hace algunos días en un hospital en Ecatepec, Estado de México, donde la ausencia de información por varios días, de parte de las autoridades hospitalarias, orilló a los familiares de los enfermos a irrumpir en el nosocomio.

Esas personas “nos mostraron esa realidad tan trágica y dolorosa que estamos viviendo hoy día: servicios saturados, cuerpos sin entregar, mucho enojo, mucha frustración, mucha tristeza; pero sobre todo, alimenta mucho la desconfianza, y no creo que eso sea lo que más necesitamos”. No obstante, el incidente ilustra hasta dónde es capaz de llegar la gente con el objetivo de ejercer su derecho de acceso a la información.

Afortunadamente, luego de una fuerte presión por parte de organizaciones de la sociedad civil, el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) decidió levantar la suspensión de plazos para aquellas solicitudes de información relacionadas con sectores especiales.

Al respecto, el docente de la IBERO dijo que ojalá los organismos garantes en los estados sigan el ejemplo del INAI y sean más flexibles en la limitación de plazos que establecieron, para darle curso a las solicitudes de acceso,  que pueden ser un termómetro certero de qué es lo que la gente quiere y necesita saber para reaccionar de mejor manera al COVID-19.

Derecho a la información asegura el derecho a la salud

Si no se asegura el derecho a la información será muy difícil asegurar el derecho a la salud y el derecho a la vida, enfatizó la Dra. Socorro Apreza, para quien, sin embargo, “en estos momentos se pueden lesionar gravemente derechos, no solamente el tema de protección de datos personales. El derecho a recibir información, el derecho a la vida, el derecho a la salud, el principio de no discriminación, son unos de los que tenemos en riesgo”.

Por eso, al profundizar en el derecho a la información, indicó que éste tiene tres facultades. La primera, es el derecho a investigar información, que implica el acceso directo a la fuente, la cual tienen que garantizar los gobiernos que son miembros de la Organización de los Estados Americanos (OEA), como es el caso del de México,

Segunda, todos los titulares del derecho a la información tienen el derecho a transmitir y a difundir información, algo que principalmente ejercían los periodistas, pero que hoy con las redes sociales, éstas han vuelto a muchas personas difusoras de información. Este derecho a transmitir y a difundir información conlleva el derecho a crear medios de comunicación, lo cual adquiere importancia, porque una pluralidad de medios permite acceder a informaciones contrapuestas.

Sobre este mismo derecho a transmitir y difundir información, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos recomienda que, todos los gobiernos tienen que asegurar la veracidad de la información; un punto central ante el incremento de subinformación, desinformación y noticias falsas.

Y quienes ejercen el derecho a transmitir y difundir información tienen la obligación de contrastar con datos objetivos su información, antes de difundirla, lo que implica que busquen acceder directamente a las fuentes que tienen credibilidad. Exigir el cumplimiento de este requisito de veracidad es una obligación que hoy más que nunca tienen las autoridades.

La tercera y última facultad es, el derecho a recibir información, que también implica poder exigir a las autoridades, a los medios de comunicación y en las redes sociales, cumplir con el requisito de veracidad.

Durante pandemia, derecho a la información puede marcar la diferencia

Aunque el derecho al acceso a la información, a la privacidad y a la protección de datos personales, pudieran parecer lejanos a la ciudadanía, éstos pueden marcar una diferencia en el actual contexto de la pandemia, consideró la doctora Olivia Andrea Mendoza Enríquez, profesora del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE).

Como en el ejercicio de estos derechos se puede acceder, por ejemplo, a un expediente clínico - a través de una solicitud de acceso a datos- o conocer en qué hospitales se están atendiendo pacientes con COVID-19, opinó que, “hoy más que nunca estos derechos tienen que estar presentes en la sociedad, y tener de cerca un órgano garante que pueda amparar y proteger a la gente en esta situación, donde los derechos sí tienen un uso, y un uso muy concreto”.

Un derecho inherente al derecho de protección de datos personales es la portabilidad, que si estuviera funcionando, no habría problemas entre los pacientes que van de un hospital a otro, porque los expedientes podrían migrar de manera adecuada en un formato inter-operable y con todas las medidas de seguridad.

En cuanto al derecho de acceso a la información, dijo que claramente hoy más que nunca se necesita tener información y, “si hubiéramos hecho la tarea en el tema de datos abiertos, tendríamos información en tiempo real para tomar decisiones de política pública en materia de salud”.

Finalmente, Mendoza cree que el órgano garante debe atender estos derechos, y las instituciones deben estar generando la información que le hace falta a las personas y proteger los datos en todos los ámbitos.

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Texto: PEDRO RENDÓN/ICM

 

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