Clínica Jurídica y estudiante de la IBERO logran fallo histórico sobre asilo
La Clínica Jurídica Alaíde Foppa de la Universidad Iberoamericana y el abogado Simón Hernández, estudiante de la Maestría en Derechos Humanos de esta casa de estudios, lograron un fallo histórico a favor de un solicitante de la condición de refugiado para seguir su procedimiento de asilo en libertad.
Los programas de Derechos Humanos y de Asuntos Migratorios de la IBERO también colaboraron con la presentación de un amicus curiae analizado por el poder judicial en el proceso. El fallo del tribunal podría beneficiar a quienes están en la misma situación en nuestro país y son detenidos de manera ilegal o arbitraria por autoridades migratorias.
El Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa notificó una resolución por el caso del migrante centroamericano, en el marco de un amparo contra el Instituto Nacional de Migración (INM), por su detención ilegal y arbitraria que se prolongó 358 días.
El peticionario solicitó al INM su salida de la estación migratoria por razones humanitarias, conformé lo prevé la Ley de Migración y su Reglamento en estos casos. El organismo se negó, por lo que se impuso un amparo contra la privación de la libertad y la suspensión de la detención.
Aunque el Juzgado Decimoquinto de Distrito en Materia Administrativa concedió la suspensión, la medida fue irregular y no garantizaba la libertad del solicitante de origen salvadoreño, por lo que el caso llegó al Vigésimo Tribunal, que falló a su favor.
La resolución sostiene que las personas que tramiten un amparo contra la detención migratoria pueden obtener la libertad inmediata mediante la figura de la suspensión, y únicamente quedar bajo control de los jueces de amparo sujetos a una medida de firma. La decisión se apoyó en recomendaciones de la SCJN y en principios de derecho internacional.
Relevancia en la protección a refugiados
De acuerdo con la Clínica Jurídica de la IBERO, el criterio adoptado podría beneficiar a las y los solicitantes en detención bajo la figura de “alojamiento” prevista en la Ley de Migración y revertir la detención que opera en nuestro país como regla hacia las personas en contexto de migración.
El criterio del Tribunal es también un precedente positivo para impulsar que la detención migratoria no sea implementada de forma arbitraria y discriminatoria por parte del INM y promueve el respeto a las leyes y el control y protección judicial efectivas a la detención.
La medida es determinante para la protección de migrantes y refugiados en México, pues ha dejado de ser un país de tránsito para convertirse en uno de destino de personas que buscan asilo o protección internacional. Estos requieren de programas de recepción comunitaria y no de medidas de detención, violatorias de sus derechos en el país.
La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), las peticiones de asilo en México aumentaron 1060% en los últimos seis años; y se estima que en 2017 las peticiones de asilo puedan ascender a 20 mil.
Por su parte, la Clínica Jurídica del Programa Universitario de Derechos Humanos de la UNAM, la Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho, y el Instituto de Justicia Procesal Penal, presentaron un memorial amicus curiae ante el Tribunal Colegiado en apoyo del caso.
Ivan Cabrera
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