¿Existe delito de desaparición forzada en caso #MarcoAntonioSánchezFlores?
Una semana después de la entrada en vigor de la Ley General en Materia de Desaparición Forzada y Desaparición Cometida por Particulares, policías de la Ciudad de México desaparecieron a un joven de 17 años, #MarcoAntonioSánchezFlores, tal como se desprende del testimonio del amigo que le acompañaba ese día.
Además de la indignación que nos ha causado el caso de Marco Antonio, es preciso subrayar varias cuestiones importantes alrededor de éste. Primero, destaca que su desaparición ocurrió dentro de una de las entidades que presume tener uno de los cuerpos policiales mejor capacitados del país. Segundo, hubo una movilización vital por parte de la sociedad civil para exigir a las autoridades su aparición. Tercero, la reiterada negativa (una vez más) por parte de estas últimas de investigar este hecho como una posible desaparición forzada.
A pesar de que la determinación de responsabilidades por este delito requiere de una serie de pruebas que no pueden ser tomadas a la ligera; preocupa que el gobierno de la Ciudad de México descarte esta posibilidad de manera tan sencilla. Por esta razón, aquí se comparten algunos elementos y omisiones por las cuales podría existir un castigo por esta grave violación a derechos humanos.
- Los elementos de la conducta
La Ley General en Materia de Desaparición Forzada y Desaparición Cometida por Particulares1 dentro del artículo 27 define que:
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