México, sin medidas de reactivación económica ante COVID-19: especialista

Jue, 18 Jun 2020
La IBERO organiza la mesa de diálogo ‘Estrategias jurídicas vinculadas con la reactivación de la economía nacional’
  • Las medidas de gobierno son recortes y reorientación de recursos públicos, afirma la especialista.
  • Lic. Érika Mendoza Bergmans, socia de la firma Zarazúa, Mendoza, Barrios y Castillo.

Los decretos y acuerdos dictados por el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, durante la pandemia del coronavirus no pueden ser considerados medidas para reactivar la economía, sino que son recortes y reorientación de recursos públicos, dijo la Licenciada Érika Mendoza Bergmans, socia de la firma Zarazúa, Mendoza, Barrios y Castillo, durante la mesa de diálogo ‘Estrategias jurídicas vinculadas con la reactivación de la economía nacional’.

En esta actividad, organizada por el Departamento de Derecho de la Universidad Iberoamericana Ciudad de México, la abogada recordó que entre esos recortes están los de bajar los salarios a los funcionarios públicos y quitarles el aguinaldo; pero éstos no tienen correlación con, por ejemplo, los créditos de 25 mil pesos que se están dando a las pequeñas y medianas empresas (Pymes).

Del anuncio hecho en abril por el Presidente, de crear en nueve meses dos millones de empleos, la Lic. Mendoza se pregunta “con qué transparencia, en dónde, cómo”; mismos cuestionamientos que también hace en torno al dicho del Primer Mandatario de fomentar la inversión en infraestructura.

“Creo que por eso hay un descontento generalizado en la población, y pues este miedo de decir, viene una crisis económica, o estamos en una de las peores crisis económicas, y no hay política pública para la reactivación”.

Para Mendoza Bergmans la pregunta a formular sobre una reactivación económica en el contexto actual es “cómo le hacemos para que la gente gaste dinero”, es decir, cómo introducir dinero al flujo económico en el mercado. “Y es ahí donde hay un concepto jurídico fundamental, creo yo muy importante, que se llama el derecho al mínimo vital”.

Este concepto de mínimo vital, explicó, son todas las medidas del Estado para evitar la afectación de la dignidad de las personas por una falta de condiciones materiales, o sea, es un mínimo para la supervivencia económica, para tener las condiciones básicas y las prestaciones sociales necesarias.

El mínimo vital se ha utilizado no sólo de manera fiscal, sino también en cuestiones de salario mínimo, derecho al agua potable, a la vivienda y a la educación. Entonces la lógica sería, “si le garantizas a la gente este mínimo vital, este mínimo para la supervivencia económica, podemos pensar en que va a haber un flujo en el mercado económico”.

Algunas políticas públicas que se podrían emprender para garantizar el mínimo vital serían los salarios de subsistencia y los seguros de desempleo; que son transferencias directas de dinero. Otras medidas para tutelar el mínimo vital podrían ser, garantizar el derecho a la salud a las personas desempleadas, y otorgar a las Pymes apoyos que les permitan reducir su costos operativos en tiempos de crisis.

La mesa

La mesa de diálogo ‘Estrategias jurídicas vinculadas con la reactivación de la economía nacional’ formó parte del seminario on line ‘El Derecho frente a la pandemia del COVID-19’.

Además de Mendoza Bergmans, en la mesa también participaron: la Mtra. Irene Levy Mustri, académica de la IBERO y presidenta del Observatorio de las Telecomunicaciones en México (Observatel); el Dr. José Roldán Xopa, profesor-investigador del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE); y el Mtro. Martín Vivanco Lira, socio de la firma Instrag.

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Texto: PEDRO RENDÓN/ICM

 

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