Dicta CIDH medidas cautelares en favor de once jesuitas en Chihuahua

Jue, 2 Feb 2023
Han recibido amenazas a raíz de sus denuncias y actuaciones ligadas a la investigación por el asesinato de dos sacerdotes de la Compañía de Jesúsen junio de 2022
Los órganos del Sistema Interamericano se crearon con la finalidad de contribuir a que los Estados cumplan con sus obligaciones internacionales, explica el Dr. Ricardo Ortega, académico de la IBERO
  • Las decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos no son vinculantes, pero se espera que los Estados las cumplan de buena fe.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) dictó al Estado Mexicano una serie de medidas cautelares para proteger el derecho a la vida y la integridad de once integrantes de la comunidad jesuita de Cerocahui, Tarahumara, del municipio de Urique, Chihuahua, dado que las medidas implementadas por el mismo han sido insuficientes para evitar el riesgo latente que corren estas personas tras sus denuncias y actuaciones ligadas a la investigación por el asesinato de dos sacerdotes jesuitas en junio de 2022 en el interior de una iglesia en ese mismo municipio, según informó la CIDH en un comunicado.

La resolución 2/2023 fue emitida luego de que la Comisión recibiera la solicitud de medidas cautelares por parte de organizaciones defensoras de derechos humanos, en virtud de que, tras más de siete meses de los homicidios, la impunidad continúa, ya que el perpetrador de los hechos no ha sido detenido, según apunta el Centro Prodh.

La CIDH no analiza en este momento si el Estado Mexicano es responsable internacionalmente por la violación de derechos humanos o no, puntualiza en entrevista el Dr. Ricardo Ortega Soriano, director del Departamento de Derecho de la Universidad Iberoamericana CDMX; es decir, no se analiza una presunta responsabilidad del Estado. Cuando se analiza una solicitud de medidas cautelares ante la CIDH, lo que se revisa es si existen condiciones de “urgencia, de gravedad o irreparabilidad que puedan amenazar los derechos de las personas”.

En este caso, y luego de pedir información al Estado Mexicano, la Comisión concluyó que nuestro país, si bien adoptó algunas acciones, las mismas no han impactado de manera directa en mejorar las condiciones de seguridad de las personas de la comunidad jesuita de Cerocahui, porque han seguido recibiendo amenazas, han sido objeto de intimidación, no solamente en términos de rumores en la población o mensajes a través de redes sociales, sino que además el Estado no ha impulsado una estrategia integral y efectiva para su protección, explica el Dr. en Derecho.

Dado que se mantienen las condiciones de amenaza que originaron la solicitud de medidas cautelares, la CIDH solicitó al Estado Mexicano que:

  1. Adopte las medidas de seguridad necesarias para proteger la vida e integridad personal de los beneficiarios. Entre tales medidas, se debe de garantizar su seguridad y prevenir actos de amenaza, intimidación y violencia en su contra por parte de terceros; 
  2. Adopte medidas de protección que permitan a los propuestos beneficiarios continuar realizando sus labores pastorales sin ser objeto de amenazas, intimidaciones, hostigamientos y actos de violencia en su contra; 
  3. Concierte las medidas a adoptarse con los beneficiarios y sus representantes; y
  4. Informe sobre las acciones adoptadas a fin de investigar los hechos que dieron lugar a la adopción de la presente medida cautelar y así prevenir su repetición.

Al final del día, indica Ricardo Ortega, los órganos del Sistema Interamericano (la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos) se crearon con el propósito de contribuir con los Estados a cumplir con sus obligaciones internacionales. Aunque las decisiones de la Comisión no son vinculantes propiamente (obligatorias), se espera que los Estados las cumplan de buena fe, “les conviene cumplir con las medidas cautelares con el propósito de evitar que se actualicen las violaciones a derechos humanos que luego les originen responsabilidad internacional”.

A partir de ahora, una vez dictadas las medidas cautelares, el Estado tendrá que informar las acciones adoptadas, y en ese proceso participan también las presuntas víctimas, dando cuenta de qué tanto están de acuerdo con el cumplimiento que haga el Estado de las mismas. Y las medidas se mantendrán durante el tiempo que sea necesario a fin de evitar una afectación en los derechos de las personas que fueron beneficiadas con las mismas, señala Ricardo Ortega.

Texto: Yazmín Mendoza / JCM

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