Programa de Derechos Humanos de la IBERO presenta plataforma ‘Sistema de asilo’
Desde su entrada en vigor en 2011, la Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político ha sido objeto de elogios por ser considerada una ley de carácter progresivo en muchos aspectos. Sin embargo, en la práctica no se ha traducido en la protección de los derechos humanos de las personas refugiadas.
Por lo anterior, resulta pertinente cuestionar: ¿cuál ha sido el desempeño del Estado mexicano en su aplicación y de qué manera ha servido para ofrecer protección a personas refugiadas? Para dar respuesta a estas interrogantes, entre muchas otras, así como generar información cuantitativa y cualitativa al respecto, el Programa de Derechos Humanos de la Universidad Iberoamericana Ciudad de México ha implementado un mecanismo de monitoreo permanente al sistema de asilo en México, con el fin de determinar de qué forma la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) ha cumplido con sus obligaciones de protección de las personas refugiadas al momento de implementar la Ley Sobre Refugiados Protección Complementaria y Asilo Político.
Estos resultados del análisis de en un periodo de seis años (2011-2016) serán compilados en la Plataforma digital ‘Sistema de asilo’, en donde quincenalmente se presentarán reportes temáticos del análisis realizado. Entre los temas que serán publicados se encuentran: La aplicación de la definición universal y regional de refugiado, los motivos de desplazamiento de las personas refugiadas que llegan a México, la situación de las personas apátridas en México, representación legal de personas refugiadas, información del país de origen y detención migratoria de solicitantes de asilo, entre otras.
Dentro de los primeros resultados presentados en la plataforma, se encuentran los relativos a la aplicación de la ‘Declaración de Cartagena en México’, un texto oficial que surgió en 1984 y que fue impulsado por el Estado mexicano, pero que tardó 23 años en ser aplicado por primera vez en nuestro país.
Esta declaración ha sido efectiva en el 87% de los casos a personas venezolanas. Resulta preocupante que a ninguna persona de origen salvadoreño u hondureño se le haya aplicado. Lo que se traduce en la violación de los derechos humanos de todas estas personas y una violación al principio de derecho internacional denominado como “principio de no devolución”.
Visita el sitio 'Sistema de asilo'
Información: Programa de Derechos Humanos (PDH) de la IBERO CDMX.
PRL/ICM
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