Captura de Maduro fue “Secuestro Transfronterizo”, Señala Académica IBERO
Aunque Estados Unidos (EU) justifica su intervención en Venezuela con una orden de aprehensión dictada en contra de Nicolás Maduro por un tribunal penal estadounidense, se trató de un ‘secuestro transfronterizo’, afirmó la Dra. Virginia Petrova Georgieva, profesora e investigadora del Departamento de Derecho de la IBERO CDMX.
“Maduro está acusado de varios crímenes relacionados con el narcotráfico, pero un Estado no puede irrumpir en territorio de otro para arrestar o detener a un individuo. Recientemente, en la relación entre México y EU, asistimos al ‘secuestro transfronterizo’ de Ismael El Mayo Zambada por agentes de la DEA”, acotó.
La Dra. Petrova Georgieva explicó que para arrestar legalmente a un individuo que está acusado de cometer crímenes en contra de un Estado, que se encuentra en territorio de otro país, debe proceder una orden de arresto basada en convenios de extradición.
“Se debió activar un proceso de extradición, EU debió a hacer esta solicitud para que Maduro fuera enjuiciado por tribunales estadounidenses. EU tiene un largo historial de secuestros transfronterizos, no es solo el caso de El Mayo Zambala”, detalló.
Agregó que el presidente Donald Trump debió obtener la autorización del Congreso estadounidense para usar la fuerza en contra de un país soberano, además de que la intervención de EU en Venezuela representa un escenario muy peligroso para América Latina, en un contexto de crisis global.
“Trump está regresando a las formas del imperialismo más duras y clásicas. Está tratando de aplicar la Doctrina Monroe no solo para América Latina. Yo diría que para todo el mundo. Recordemos que es una doctrina que justifica prácticas imperialistas de EU”.
Intervención de EU en Venezuela: grave violación al Derecho Internacional
Asimismo, la especialista en mecanismos de solución de controversias en Derecho Internacional acotó que la intervención unilateral de EU en Venezuela representa una grave violación a las reglas del Derecho Internacional, pues recurrió al uso de la fuerza en las relaciones entre Estados.
Detalló que EU violó el Artículo 2 Párrafo 4 de la Carta de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), que prohíbe todo uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado.
Indicó que con el uso de la unidad élite estadounidense Delta Force, que bombardeó a la ciudad de Caracas, se transgredió la integridad territorial y la soberanía de Venezuela, lo que en Derecho Internacional se considera un acto de agresión en contra de la independencia de otro Estado.
Abundó que también se violó el Artículo 2 Párrafo 7 de la Carta de la ONU, que establece el principio de no intervención en asuntos internos de los Estados, ya que la intervención militar de EU en Venezuela estuvo dirigida para derrocar a Nicolás Maduro.
Ante conflictos como el de Rusia-Ucrania y los de Medio Oriente, refirió que desde las universidades se debe seguir abogando y promoviendo el respeto del Derecho Internacional porque un mundo gobernado solo por la fuerza y no por el Derecho Internacional es más peligroso para toda la humanidad.
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